El aborto en México

Existe una polémica en el caso del aborto y la despenalización del mismo, hasta hace cierto tiempo se tenía clara la idea de que al menos en la Ciudad de México y la mayoría de los Estados de la República se contemplaban como únicas excluyentes de responsabilidad sobre este tipo penal: el embarazo haya sido producto de una violación, que el embarazo pudiera poner en peligro la vida de la madre, o por malformaciones del feto. Sin embargo, en la Ciudad de México, se consideraron también los derechos de la mujer y en particular su derecho de libre decisión respecto a lo que acontecía en su propio cuerpo y las consecuencias en su vida futura, así como la incursión de ésta al ámbito laboral y económico, dieron pauta a diversos foros de discusión multidisciplinaria, intentando varias veces llevar un proyecto de iniciativa de reformas tendientes a despenalizar el aborto ante la Asamblea de la Ciudad de México, siendo esto posible plenamente hasta 2007, y consolidándose por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el 2008.
La práctica
del aborto en México es un tema de profundo debate en todas y cada una de las
distintas ópticas de estudio que se generan sobre él, ya sea en el médico,
ético, sociológico, religioso, jurídico o político, es por ello que no ha sido
posible, por todas éstas visiones conjugadas emitir una postura legal única al
respecto, de ahí que no pueda generarse un acuerdo general.
Existe una
gran polémica respecto de la prevalencia entre el respeto al derecho a la vida
vs el respeto al derecho de las mujeres a decidir, por una parte, está
salvaguardar la vida del individuo como el bien jurídico más importante, pero
por otra parte están los derechos de la mujer.
Este tema
se ha desarrollado desde una perspectiva objetiva, sin estar a favor o en contra,
con el objetivo de informar con respecto al tema.
Tabla de contenido
Conceptos
Para poder
entender de forma específica hay que conocer diferentes conceptos para la
buena comprensión, iniciemos con el concepto de concepción
Concepción
El término
concepción desde el punto de vista fisiológico implica el “Comienzo del
embarazo; abarca la fecundación del óvulo por un espermatozoide y el
anidamiento o implantación del huevo en el útero”[1]
Ahora hay
que entender lo que es la fecundación
Fecundación
La
fecundación o fertilización es un fenómeno que consiste en la activación del
óvulo (ovocito I), por penetración en él del espermatozoide, y en la fusión de
los pronúcleos de ambos, con la consiguiente restauración del número diploide
de cromosomas (46) y consiguiente mezcla de los caracteres hereditarios
paternos y maternos.[2]
La
fecundación también puede darse de manera artificial y es la que tiene lugar
llevando artificialmente el semen a la vagina. In vitro. La experimental,
extracorpórea, en un matraz o la platina de un microscopio. Una vez descritos estos términos podemos
observar que la diferencia entre fecundación y concepción radica en que la
primera se da cuando el espermatozoide se une con el óvulo y la segunda es
cuando el óvulo ya fecundado se inserta en el útero dando comienzo al
embarazo.
Embarazo
La
Organización Mundial de la Salud (OMS) señala que “el embarazo comienza cuando
termina la implantación, que es el proceso que comienza cuando se adhiere el
blastocito a la pared del útero (unos 5 o 6 días después de la fecundación,
entonces este, atraviesa el endometrio e invade el estroma. El proceso de
implantación finaliza cuando el defecto en la superficie del epitelio se
cierra y se completa el proceso de nidación, comenzando entonces el embarazo.
Esto ocurre entre los días 12 a 16 tras la fecundación.
El Hospital
General de México define el embarazo en términos menos técnicos como la
gestación o proceso de crecimiento y desarrollo de un nuevo individuo en el
seno materno. Abarca desde el momento de la concepción hasta el nacimiento
pasando por la etapa de embrión y feto. En el ser humano la duración media es
de 269 días (cerca de 10 meses lunares o 9 meses-calendario).
Aborto
Es la interrupción del embarazo o gestación de forma
prematura, por lo tanto, se interrumpe el desarrollo del feto. La mujer que
acude a una clínica para este fin debe asegurarse de que ésta es totalmente
legal y que cumple con las normas y medidas básicas de salubridad.
De acuerdo a la definición establecida por la Real Academia
Española, define al aborto como “Interrupción del embarazo por causas naturales o provocadas.”
Aborto también se puede definir
como la culminación de un embarazo antes de que el feto pueda vivir de forma
independiente fuera del vientre de la madre.
La Organización Mundial de la
Salud (OMS)
hace una definición de una forma de aborto denominado inseguro y lo califica
como un procedimiento para terminar un embarazo realizado por personas que
carecen de las habilidades necesarias o en un ambiente que no esté en
conformidad con los estándares médicos mínimos, o ambas cosas.
De forma tal que, para la OMS, existen
dos formas; una
segura y otra insegura. En algunos países, si ocurre antes de las 24 semanas de
embarazo, por causas naturales, es considerado espontáneo y se le denomina
involuntario.
Con respecto a esto hay una clasificación del aborto; Espontáneo o
Inducido y de tipo Legal o Ilegal.
Tipos de Aborto
Desde el punto de vista médico
Aborto Espontáneo
Se
considera aborto espontáneo a la pérdida de la gestación antes de las 26
semanas, cuando el feto no está aún en condiciones de sobrevivir con garantías
fuera del útero materno. Un aborto espontáneo ocurre cuando un embarazo termina
de manera abrupta.
La mayoría de los abortos espontáneos, tanto conocidos como
desconocidos, tiene lugar durante las primeras 12 semanas de embarazo y en
muchos casos no requieren de ningún tipo de intervención médica ni quirúrgica.
De igual forma también la inmensa mayoría de los abortos inducidos se dan antes
de las 12 semanas.
Aborto Inducido
El
aborto inducido, según la definición de la Organización Mundial de la Salud
(O.M.S.) es “el resultante de maniobras practicadas deliberadamente con ánimo de
interrumpir el embarazo. Las maniobras pueden ser realizadas por la propia
embarazada o por otra persona por encargo de esta”.[3]
Aborto Legal
Es el aborto realizado
bajo el marco legal del aborto vigente en México, donde las mujeres tienen
derecho de interrumpir el embarazo de manera libre, ya que el aborto es un
derecho de la mujer reconocido en la Ciudad de México.
Aborto Ilegal
También es conocido como
aborto clandestino y es el producido en países donde es ilegal abortar, donde
está prohibido interrumpir el embarazo en todos los casos, incluso aunque la
vida de la madre corra peligro.
Aparte de
esta clasificación se encuentran otras tres, que a continuación se mencionan:
Aborto tardío
Es la
interrupción del embarazo producido entre la semana 14 y 20 de embarazo.
Aborto mortinato
Es la
interrupción producida a partir de la semana 20 de embarazo, se produce cuando
el feto muere dentro del vientre de la madre o cuando este nace sin vida.
Aborto terapéutico
Es la
interrupción del embarazo justificado por razones médicas como consecuencia del
riesgo para la vida de la mujer embarazada.
Desde el punto de vista
Jurídico-Penal, se distinguen cuatro tipos a saber:
1.- Aborto culposo.
Es el causado
solo por imprudencia de la mujer. Se funda en la consideración de que cuando la
mujer por sus simples negligencias o descuidos, sin intención dolosa, causa su
propio aborto, resultaría inequitativo reprimirla, por ser ella la primera
víctima de su imprudencia al defraudarse sus esperanzas de maternidad.
2.- Aborto casual.
En este
tipo de aborto, se destruye la presunción de intencionalidad y no se obtiene
prueba alguna de un estado culposo imprudente, y no es punible por ausencia de
elemento moral.
3.- Por estado de necesidad o terapéutico.
Esta clase
de aborto es admitido prácticamente por todos los ordenamientos jurídicos.
4.- Aborto honoris causa.
En la vía
media -dice García Ramírez- Entre el aborto genérico, que sanciona con las
penas normales severas, que la ley generalmente previene, y del impune, se
encuentra el honoris causa, al que algunos autores prefieren denominar sólo
“privilegiado”.
Caracteres del tipo penal del Aborto
Virgilio Ruiz Rodríguez en su obra “El Aborto”
enuncia los caracteres que conforman al delito en general, más los propios de
esta figura delictiva, sustentándose en los siguientes argumentos:
1) El hecho o conducta. Consiste en la
privación de la vida del producto de la concepción, y comprende el resultado y
la relación de causalidad.
2)
Tipicidad. Hay tipicidad cuando el hecho realizado: muerte del producto de la
concepción.
3) Antijurídica.
El aborto será antijurídico, siendo típico el hecho realizado: (muerte del
producto de la concepción), no está protegido el sujeto por una causa de
justificación.
4)
Culpabilidad. Especial naturaleza del aborto, la concurrencia del dolo y por
supuesto de mala fe en el sujeto que lo realice: “Obra dolosamente el que,
conociendo los elementos del tipo penal, o previniendo como posible el
resultado típico quiere o acepta la realización del hecho descrito por la ley.
5)
Punibilidad. En el orden penal, la sanciono pena con la cual se castigue al
abortador depende de que aborto se trate.
Técnicas utilizadas para efectuar un Aborto
Mario S.
Stubbia en su obra Aspectos Constitucionales del Aborto enuncia las técnicas
utilizadas para llevar a cabo un aborto de acuerdo a la compilación de los
trabajos de los doctores (W.Colliton, J. Wilke y B. Nathanson, de Planned
Parenthood), clasificándose en las siguientes:[4]
TECNICA
|
Procedimiento
|
Succión-aspiración
|
El abortista inserta un tubo de plástico en el útero
dilatado. “El tubo se conecta a un aparato de succión que se echa a andar. Se
evacua el útero mediante succión” El
cuerpo del bebe se desplaza al ser succionado a través del tubo.
|
Dilatación y Evacuación (D
Y E)
|
Usado
después de las 12 semanas de gestación. Él bebe ya está muy grande para pasar
por el cuello del útero. Es necesario “sacar al bebe con instrumentos y
curetaje de succión”. Se usa un instrumento como tenazas debido a que los huesos,
así como el cráneo del bebe ya están calcificados. El abortista inserta el
instrumento en el útero, coge una pierna o cualquier otra parte del cuerpo
del bebe y torciéndola la arranca. Se quiebra la columna vertebral y aplasta
el cráneo para poder sacarlo del vientre materno. Luego se arma el bebe con
los distintos pedazos, que se cuentan para asegurarse de que no ha quedado
nada en el vientre materno.
|
Dilatación-curetaje (D Y C)
|
Tras dilatar el cuello del útero, el abortista
introduce en el útero un fórceps en forma de anillos y extrae al bebe en
pedazos. Luego el abortista introduce una cureta, “instrumento semejante a
una cuchara con bordes afilados” con el cual raspa las paredes del útero para
sacar la placenta y asegurarse de que no queda nada dentro del útero.
Usualmente la hemorragia es abundante.
|
Histerotomía
|
Usado
principalmente en los últimos meses de embarazo. Se penetra quirúrgicamente
en el vientre materno de manera semejante a una cesárea, mediante una
incisión a través del abdomen. “Se saca el feto y la placenta, se sutura la herida”.
Se deja morir al pequeño bebe por abandono o se le mata mediante acto
directo.
|
Envenenamiento Salino
(inyección salina)
|
Este procedimiento se usa después de las 16 semanas.
Se encaja una larga aguja a través del abdomen de la madre hasta la bolsa
amniótica del bebe. Se saca algo de líquido amniótico y se inyecta una
potente solución salina. El bebe traga y respira esa solución que lo envenena
lentamente. El bebe patalea y se sacude violentamente mientras literalmente
se quema vivo. ”El útero comienza a contraerse, como en el parto. Continúan
las contracciones hasta que se expulsa en feto y la placenta”
|
Aborto químico con
Prostaglandina
|
Esta
forma de aborto usa sustancias químicas (desarrolladas por la Farmacéutica
Upjohn) que provocan fuertes contracciones en el útero hasta expeler al bebe
que se está desarrollando. En un escrito, se señala como una de las
complicaciones de ese método la de “nacidos con vida”. De hecho, las dos
complicaciones más “temidas” por un abortista son una madre muerta o un bebe
vivo
|
MARCO JURÍDICO EN
MATERIA DE ABORTO
A través de
la siguiente legislación se podrá observar la tendencia de la protección hacia
el derecho a la vida y en su momento con el caso de la ciudad de México la
libertad de elección de la mujer con respecto a la maternidad.
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos[5]
Los artículos 4° y 123 Constitucionales
establecen respectivamente:
• El derecho
y libertad a decidir sobre el número y espaciamiento de los hijos, y
• El derecho
a la protección durante el embarazo ─para el caso de las mujeres trabajadoras─,
impidiendo que éstas realicen trabajos que signifiquen un peligro para su salud
en relación con la gestación. En esta materia también se establece la
obligación para el patrón de observar en los centros de trabajo normas y
medidas sobre higiene, seguridad y prevención de accidentes de trabajo con el
objeto de garantizar la vida y la salud del producto de la concepción
tratándose de las mujeres embarazadas.
Código
Civil Federal
A través del
artículo 22 del Código Civil Federal se plasma claramente la protección y el
derecho a la vida al señalarse que desde el momento en que un individuo es
concebido, entra bajo la protección de la Ley.
El aborto en México
En la Ciudad
de México tras la despenalización del aborto en el año 2007, es posible
interrumpir el embarazo de manera legal y libre hasta las 12 semanas de
embarazo. Actualmente existen aproximadamente 40 clínicas de aborto privadas
acreditadas para realizar la interrupción legal del embarazo (ILE).
Dentro de la Ciudad
de México también se puede realizar la interrupción legal del embarazo en las
Clínicas de la Secretaria de Salud de manera gratuita, pero la lista de espera
es muy larga, por lo que es más sencillo acudir a las clínicas de
aborto privadas.
Muchas de las
mujeres que se han sometido a un aborto han desarrollado una profunda
responsabilidad a la hora de tener relaciones sexuales, siempre con protección,
ya que es muy importante protegerse de embarazos no deseados, así como de
enfermedades de transmisión sexual.
Debes saber que el
aborto en la Ciudad de México oscila entre los $2.000 y los $10.000 pesos,
dependiendo del tipo de aborto que
se realice y la semana de gestación en la que se encuentre la mujer.
Requisitos para poder abortar en México
El aborto es legal
en la Ciudad de México y no se considera delito o motivo de sanción dentro de
los siguientes ocho puntos:
·
Cuando se
produzca embarazo como resultado de una violación.
·
Cuando el aborto
se produzca de manera culposa o por imprudencia.
·
Cuando la vida de
la mujer esté en peligro como consecuencia del embarazo.
·
Cuando el feto o
producto tiene graves malformaciones.
·
Cuando se
provoquen daños a la salud de la mujer debido al embarazo.
·
Cuando el
embarazo se produce por una inseminación artificial no consentida.
·
Cuando la mujer
está en una situación de pobreza y tiene al menos tres hijos.
·
Cuando la mujer
se encuentra en las primeras 12 semanas de embarazo.
Conclusiones
Como hemos visto, el aborto no es una simple practica que se
pueda realizar sin un consentimiento, implica mucho más de lo que se cree. La
mujer quien practique o se someta al aborto tiene que estar completamente
informada de lo que le harán, lo que le costará y lo que repercutirá en un futuro.
Se tiene que tener presente que se le está privando de la
vida a un ser humano, es ahí cuando me cuestiono el concepto de ser humano, ya
que un ser de un par de semanas no tiene conciencia, entonces ¿realmente será
un humano?
La ética y la religión lo ven como algo terrible, no es digna
de una persona racional, de alguien con principios por lo que pone en juego la
mente de la mujer, pero por otra parte están otros aspectos como la economía,
en estos tiempos es difícil cargar con la responsabilidad de un hijo ya que es
una persona a quien se le deberá cuidar toda la vida, eso implican muchos
gastos.
En ese sentido se puede considerar como una buena opción que
proporciona el Estado como medida cautelar para ese tipo de casos.
El tema del aborto se puede interpretar desde cualquier
punto y puede ser mal visto o como una buena propuesta, las nuevas generaciones
lo pueden ver como algo inteligente, en cambio las personas mayores o de la
vieja escuela en su mayoría lo toman de una pésima manera.
Con esta investigación se da a conocer los elementos básicos
que se relaciona con el aborto, como digo se puede extender más el tema si le
damos más enfoques o perspectivas.
[1]
Diccionario médico-biológico, histórico y etimológico, en:
http://dicciomed.eusal.es/
[2] Anatomía
Humana General, en: http://books.google.com.mx/books?id=m9-
RRP8Qc4gC&pg=PA31&dq=fecundaci%C3%B3n&hl=es&sa=X&ei=6JYDU5qPFIbG8AG_rYGgAQ&redir_
esc=y#v=onepage&q=fecundaci%C3%B3n&f=false
[3] http://www.who.int/es/news-room/fact-sheets#A
[4]
Strubbia. Mario. Aspectos Constitucionales del Aborto. Buenos Aires Argentina.
Nova Tesis. Editorial Jurídica. 2006. Págs. 207 y 208.
[5]
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Comentarios
Publicar un comentario