Función de la policía dentro de la procuraduría de justicia.
Trabaja
bajo el mando del ministerio público, se encarga de ser el primer funcionario
en intervención del hecho delictivo y asegurar el lugar de los hechos,
levantando indicios, identificar testigos y proteger a las víctimas.
Policía con
capacidades para procesar: personal perteneciente a las instituciones
policiales y de procuraduría de justicia, especializado en el procesamiento de
los indicios, evidencias, objetos, instrumentos o productos del hecho
delictivo.
Policía de
investigación: personal perteneciente a las unidades de investigación de los
delitos de las instituciones de procuración de justicia o bien, de las
instituciones policiales.
Policía
primer respondiente: personal de las instituciones de seguridad pública
(instituciones policiales, de procuración de justicia, del sistema penitenciario
y dependencias encargadas de la seguridad público a nivel federal, local y municipal)
que sin perjuicio de la división especializada a la que pertenezca, asume la
función de intervenir primero ante un hecho probablemente constitutivo de
delito, conforme a la normatividad que le aplique.
Policía de
seguridad pública: servidor público cuya prestación tiene por objeto:
I.
Mantener
el orden publico
II.
Proteger
integridad física y sus bienes de las personas.
III.
Prevenir
comisión de delitos e infracciones.
IV.
Colaborar
en investigaciones y persecución de delitos.
V.
Auxiliar
a la población en caso de siniestros y desastres.
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