Función de la policía dentro de la procuraduría de justicia.


Trabaja bajo el mando del ministerio público, se encarga de ser el primer funcionario en intervención del hecho delictivo y asegurar el lugar de los hechos, levantando indicios, identificar testigos y proteger a las víctimas.
Policía con capacidades para procesar: personal perteneciente a las instituciones policiales y de procuraduría de justicia, especializado en el procesamiento de los indicios, evidencias, objetos, instrumentos o productos del hecho delictivo.
Policía de investigación: personal perteneciente a las unidades de investigación de los delitos de las instituciones de procuración de justicia o bien, de las instituciones policiales.
Policía primer respondiente: personal de las instituciones de seguridad pública (instituciones policiales, de procuración de justicia, del sistema penitenciario y dependencias encargadas de la seguridad público a nivel federal, local y municipal) que sin perjuicio de la división especializada a la que pertenezca, asume la función de intervenir primero ante un hecho probablemente constitutivo de delito, conforme a la normatividad que le aplique.
Policía de seguridad pública: servidor público cuya prestación tiene por objeto:
         I.            Mantener el orden publico
       II.            Proteger integridad física y sus bienes de las personas.
     III.            Prevenir comisión de delitos e infracciones.
    IV.            Colaborar en investigaciones y persecución de delitos.
      V.            Auxiliar a la población en caso de siniestros y desastres.

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